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 SERVICIOS DE LA OMIC:
  •  Información, ayuda y orientación a los consumidores para el adecuado ejercicio de sus derechos.
  •  La recepción y registro de reclamaciones y denuncias de los consumidores y usuarios para su posterior mediación con la parte reclamada. 
  •  La indicación de las direcciones y principales funciones de otros centros, públicos o privados, de interés para el consumidor o usuario.
  •  La formación del consumidor a través de publicaciones, talleres, charlas, conferencias...
  •  Colaborar con los centros educativos realizando actividades de educación del consumidor.
  •  Realización de campañas informativas.
  • Distribución de hojas de reclamaciones.
  • Tramitación de adhesiones de empresas al Sistema Arbitral de Consumo.
¿QUÉ PASARÁ CON SU RECLAMACIÓN?

En la O.M.I.C. le informarán si los hechos denunciados son motivo de reclamación, y si es el caso le tomarán y registrarán la reclamación y mediarán entre ambas partes para intentar llegar a un acuerdo.

Si la mediación resultara POSITIVA, es decir que aportara una solución satisfactoria al reclamante, se informará a este último del acuerdo propuesto por el reclamado.

Si la mediación resultara NEGATIVA, es decir que no se hubiera llegado a ningún acuerdo satisfactorio para el reclamante y se detectaran infracciones en materia de los derechos de los consumidores, se dará traslado del mismo al Servicio Territorial de Consumo.

Cuando no hay acuerdo entre las partes, el conflicto puede presentarse ante la Junta Arbitral de Consumo.

 

 

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